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RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE REMOCIÓN DE LA CONSEJERA PRESIDENTA IDENTIFICADO CON LAS CLAVES DE EXPEDIENTES UT/SCG/PRCE/CG/11/2023 Y SU ACUMULADO UT/SCG/PRCE/ARM/CG/16/2023, FORMADOS CON MOTIVO DE LA VISTA PRESENTADA POR EL DIRECTOR DE LA UNIDAD TÉCNICA DE VINCULACIÓN CON LOS ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES Y POR LA DENUNCIA DE ABNER RONCES MEX, EN SU CARÁCTER DE CONSEJERO ELECTORAL, POR LA PRESUNTA REALIZACIÓN DE CONDUCTAS POR PARTE DE LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE (IEEC) LIRIO GUADALUPE SUÁREZ AMÉNDOLA, LAS CUALES PODRÍAN CONFIGURAR ALGUNA CAUSAL DE REMOCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 102, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES