ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA NECESIDAD DEL DICTADO DE MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL, POR LA POSIBLE VULNERACIÓN A LOS PRINCIPIOS DE INDEPENDENCIA E IMPARCIALIDAD EN LA INTEGRACIÓN O CONFORMACIÓN DE LOS ÓRGANOS ELECTORALES QUE PARTICIPARÁN DE CARA A LOS PROCESOS ELECTORALES FEDERAL Y LOCALES 2023- 2024, DICTADO EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO SANCIONADOR OFICIOSO UT/SCG/Q/CG/169/2023
ACQyD-INE-22/2024
Acuerdo
PRIMERO. Es procedente la adopción de medidas cautelares en contra de las
personas que a continuación se enlistan, aspirantes al cargo de supervisor/a
electoral y/o capacitador/a asistente electoral en los términos y por las razones
establecidas en el considerando CUARTO, de la presente resolución.
No. Persona denunciante
1 Oscar Aguayo Aguayo
2 Francisco Javier García Gonzalez
3 Sonia Martínez Avilés
4 Diana Montserrat Ramos González
5 César Valero Salazar
6 Raúl González Covarrubias
7 Fabián Fernando Pérez Navarro
8 Milba López Sánchez
9 Rosalina Juárez Gonzalez
10 Carlos Álvarez Solano
11 Saúl David Medina Rojas
12 Claudia Patricia Jiménez Vázquez
13 María Fernanda García Hernández
14 Martha Edith Molina Esquivel
15 Laura Olvera Hernández
16 José Javier Solís Valencia
SEGUNDO. Se impide a las personas mencionadas en el cuadro del punto que
precede, personas aspirantes a los cargos de supervisores/as electorales y
capacitadores/as-asistentes electorales, continuar con el procedimiento de
reclutamiento y contratación respectivo, hasta en tanto se resuelva en definitiva
el procedimiento ordinario instruido.
Lo anterior, porque, de permitirlo, y resultar inexistente la infracción a cargo del
instituto político, se violarían en perjuicio de la función electoral, los principios de
imparcialidad e independencia, al haberse permitido que una persona con filias
partidista intervenga directamente en la organización y conducción del proceso
electoral.
TERCERO. Hágase del conocimiento de la Dirección Ejecutiva de Capacitación
Electoral y Educación Cívica, así como a las juntas distritales y locales de este
Instituto, de los distritos y entidades que se citan en la tabla inserta abajo la presente
determinación, para los efectos que en el ámbito de sus atribuciones correspondan,
tendentes a cumplir con lo ordenado en la presente determinación.
No. Persona involucrada Junta Distrital
1 Oscar Aguayo Aguayo 12 Jalisco
2
Francisco Javier García
Gonzalez
03 Jalisco
No. Persona involucrada Junta Distrital
3 Sonia Martínez Avilés 06 Hidalgo
4
Diana Montserrat Ramos
González
12 Ciudad de México
5 César Valero Salazar 11 Jalisco
6 Raúl González Covarrubias 11 Jalisco
7
Fabián Fernando Pérez
Navarro
11 Jalisco
8 Milba López Sánchez 21 Ciudad de México
9 Rosalina Juárez González 12 Ciudad de México
10 Carlos Álvarez Solano 10 Ciudad de México
11 Saúl David Medina Rojas 29 Estado de México
12 Claudia Patricia Jiménez
Vázquez
17 Estado de México
13 María Fernanda García
Hernández
17 Ciudad de México
14 Martha Edith Molina Esquivel 02 Morelos
15 Laura Olvera Hernández 07 Estado de México
16 José Javier Solís Valencia 16 Ciudad de México
CUARTO. Se instruye al Encargado del Despacho de la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de
inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente
determinación.
QUINTO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es
impugnable mediante el recurso de revisión respecto del procedimiento especial
sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema
de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
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