RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423003610 (UT/23/03405)
INE-CT-R-0366-2023
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública. Se ponen a disposición las respuestas de las áreas consideradas como públicas.
Segundo. Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total propuesta por las áreas DJ (puntos 1 y 2) y OIC (parte de los puntos 1, 2 y 3).
Tercero. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área OIC (faltas administrativas graves), en términos de la presente resolución.
Cuarto. Incompetencia. En virtud de que la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DESPEN (puntos 1, 2 y 3) y DJ (punto 3), no invocan la participación de un sujeto diverso al INE, se ha determinado obviar el análisis.
Quinto. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su solicitud al TFJA y/o sus homólogos en las entidades federativas.
Sexto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
- Resoluciones [1645]