RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031423003544 (UT/SADP/23/00227).
INE-CT-R-PDP-0064-2023
Resolución
Resolución
Primero. Se confirma la no procedencia del ejercicio del derecho de acceso a datos personales derivada de la inexistencia declarada por la DERFE, respecto de los incisos a), b), d), e) y m) referidos en el apartado E.1 de la presente resolución, toda vez que no se encuentra en posesión del INE.
Segundo. Se confirma la no procedencia del ejercicio del derecho de acceso a datos personales derivada de la inexistencia declarada por la DERFE, respecto del inciso l) referido en el apartado E.2 de la presente resolución, toda vez que no se encuentra en posesión del INE.
Tercero. Entréguese a la persona solicitante, previa acreditación de su identidad y de manera gratuita, la información proporcionada por la DERFE.
Cuarto. Se comunica a la persona solicitante que podrá interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación referido en el apartado F de la presente resolución.
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