RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423003615 (UT/23/03410)
INE-CT-R-0360-2023
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Incompetencia. Debido a que la manifestación de incompetencia sustentada por las áreas DEA y UTF (respecto al nivel federal), no implican la participación de un sujeto obligado distinto a este Instituto, no hay materia para el análisis.
Tercero. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DEPPP (respecto al nivel local) y UTF (respecto al nivel local).
Cuarto. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición ante los 32 OPLE´S en las entidades federativas de la República Mexicana, siendo dichos sujetos obligados quienes podrían contar con la información referente a su solicitud.
Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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