RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423003560 (UT/23/03360)
INE-CT-R-0359-2023
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Reserva temporal parcial. Se confirma la clasificación de reserva temporal parcial propuesta por el área DERFE respecto del Anexo Técnico del Convenio de Apoyo y Colaboración entre el INE y el Colegio de Notarios del Estado de Jalisco.
Tercero. Incompetencia. En virtud de que la manifestación de incompetencia señalada por el área DJ (Puntos: 2, 4, 5, 6, 7, 8 y 9), no invoca la participación de un sujeto diverso al INE, este CT ha determinado obviar el análisis.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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