RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423003436 (UT/23/03242)
INE-CT-R-0356-2023
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero.
Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo.
Reserva temporal total. Se confirma la clasificación de reserva temporal total formulada por el área OIC (punto 5) respecto de la información solicitada.
Tercero.
Incompetencia. Debido a que la manifestación de incompetencia del área DEA, no involucra la participación de un sujeto obligado ajeno al INE, el CT determina que no existe materia para el análisis.
Cuarto.
Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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