ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN NUEVO LEÓN, EN CONTRA DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS LOCALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO EN ESA ENTIDAD FEDERATIVA Y DE QUIEN RESULTE RESPONSABLE, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/PAN/JL/NL/1174/PEF/188/2023.
ACQyD-INE-285/2023
Acuerdo
PRIMERO. Es improcedente la adopción de medidas cautelares y tutela preventiva
formulada por el Partido Acción Nacional, por medio de su representante suplente ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Nuevo León, en los términos y por las razones
establecidas en el considerando CUARTO, numeral 3, de la presente resolución.
SEGUNDO. Se instruye al Encargado del Despacho de la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de
inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente
determinación.
TERCERO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es
impugnable mediante el recurso de revisión respecto del procedimiento especial
sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema
de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]