RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423003481 (UT/23/03283)
INE-CT-R-0350-2023
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la respuesta que emitió el área DESPEN, considerada como pública.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área DESPEN (punto 4).
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición al OPLE en el Estado de México.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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