RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423003291 (UT/23/03109) Y SU ACUMULADA 330031423003293 (UT/23/03111)
INE-CT-R-0348-2023
Resolución
Determinación.
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Confidencialidad parcial. Se confirma la clasificación de confidencialidad parcial formulada por el área DESPEN [respecto al dato sexo contenido en su plantilla laboral (parte del punto 1 en el folio UT/23/03109 y parte del punto único del folio UT/23/03111)].
Tercero. Incompetencia. Debido a que la manifestación de incompetencia sustentada por el área DESPEN [respecto al sueldo y prestaciones laborales en cualquier periodo (parte del punto 1; y punto 2 del folio UT/23/03109], no implica la participación de un sujeto obligado distinto a este Instituto, no hay materia para el análisis.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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