RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE), RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423003264 (UT/23/03081)
INE-CT-R-0347-2023
Resolución
Determinación.
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública y por máxima publicidad. Se pone a disposición la información considerada como pública, así como la información puesta a disposición por máxima publicidad.
Segundo. Confidencialidad parcial. Se confirma la clasificación de confidencialidad parcial formulada por el área DESPEN (punto 1, respecto del título profesional).
Tercero. Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total formulada por el área DJ (punto 5).
Cuarto. Incompetencia. Debido a la manifestación de incompetencia sustentada por las áreas DESPEN (puntos 2 al 5) y DJ (puntos 1 al 3), no implican la participación de un sujeto obligado distinto al INE, no hay materia para el análisis.
Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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