RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN CUMPLIMIENTO AL REQUERIMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (INAI), DICTADO DENTRO DE LA DETERMINACIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN CON CLAVE RRA 12905/23
INE-CT-R-0346-2023
Resolución
eterminación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública y máxima publicidad. Se ponen a disposición las respuestas de las áreas consideradas como públicas, así como la información proporcionada por máxima publicidad.
Segundo. Inexistencia. Se confirma la declaratoria de inexistencia formulada por el área DECEyEC.
Tercero. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia señalada por las áreas DJ, Presidencia y SE de la totalidad de la solicitud en términos de la presente resolución.
Cuarto. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su solicitud al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en términos de la presente resolución.
Quinto. Instrucción. Se instruye a la UT a notificar la presente resolución a la persona recurrente.
Sexto. Inconformidad. Se hace del conocimiento de la persona recurrente que en virtud de que la presente resolución se emite por instrucción del organismo garante nacional en materia de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, se dejan a salvo sus derechos, para interponer el medio de defensa que ofrezca dicho organismo.
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