ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPCIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES EN TUTELA PREVENTIVA, FORMULADA POR EL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Y LA PERSONA CON DATOS PROTEGIDOS, 1 EN CONTRA DEL PARTIDO MORENA, POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE HECHOS QUE PODRÍAN GENERAR MENSAJES DE ODIO Y DENIGRAR A LA MUJER, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/PRD/CG/1148/PEF/162/2023.
ACQyD-INE-269/2023
Acuerdo
PRIMERO. Se declara IMPROCEDENTE la adopción de medidas cautelares en
tutela preventiva, por las razones establecidas en el considerando QUINTO,
INCISO B) de la presente determinación.
SEGUNDO. Se instruye al Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral
de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice las
acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación.
TERCERO. En términos del considerando SEXTO, el presente Acuerdo es
impugnable mediante el recurso de revisión del procedimiento especial
sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema
de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]