ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR JORGE ANTONIO MAYORGA RODAS, EN CONTRA DE OSCAR EDUARDO RAMÍREZ AGUILAR, SENADOR DE LA REPÚBLICA Y DE LAS EMISORAS LA RADIO DEL DIARIO 97.7 FM Y EXA 98.5 FM, DERIVADO DE LA PRESUNTA CONTRATACIÓN Y/O ADQUISICIÓN DE TIEMPOS EN RADIO, ASÍ COMO LA PRESUNTA VIOLACIÓN A LOS PRINCIPIOS DE IMPARCIALIDAD, NEUTRALIDAD Y EQUIDAD EN LA CONTIENDA, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/JAMR/CG/1143/PEF/157/2023
ACQyD-INE-267/2023
Acuerdo
PRIMERO. Se declara IMPROCEDENTE la adopción de medidas cautelares
solicitadas por el quejoso, en términos de los argumentos esgrimidos en el
considerando CUARTO.
SEGUNDO. Se instruye al Encargado de la Unidad Técnica de lo Contencioso
Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice
las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación.
TERCERO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es
impugnable mediante el recurso de revisión respecto del procedimiento especial
sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema
de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]