RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO A LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031423003038 (UT/SADP/23/00191)
INE-CT-R-PDP-0052-2023
Resolución
Resolución.
Primero. Se confirma la inexistencia declarada por la JL-CHIS respecto a los documentos y datos referidos en el apartado D de la presente resolución, toda vez que los mismos no obran en posesión del INE.
Segundo. Entréguense a la persona titular, de manera personal y previa acreditación de su identidad, las respuestas proporcionadas por las áreas del Instituto.
Tercero. Se comunica a la persona titular de los datos personales que podrá interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación referido en el apartado E de la presente resolución.
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