RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423002896 (UT/23/02740)
INE-CT-R-0294-2023
Resolución
Determinación.
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública y por máxima publicidad. Se pone a disposición las respuestas que emitieron las áreas OIC y JL-GTO, considerada como pública, así como la información puesta a disposición por máxima publicidad.
Segundo. Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total formulada por el área OIC (punto 1, respecto al pronunciamiento sobre la existencia o inexistencia de denuncias en contra de una persona servidora pública identificada por nombre, así como de posibles investigaciones).
Tercero. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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