ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPCIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR YADIRA MASCORRO MORALES, EN SU CALIDAD DE CIUDADANA, Y ANDREA CHÁVEZ TREVIÑO, EN SU CALIDAD DE DIPUTADA FEDERAL, EN CONTRA DE QUIEN Y/O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE HECHOS QUE PODRÍAN CONSTITUIR CALUMNIA VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO EN PERJUICIO DE ESTA ÚLTIMA, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/YMM/CG/1056/PEF/70/2023.
ACQyD-INE-243/2023
Acuerdo
PRIMERO. Se declara IMPROCEDENTE la adopción de medidas cautelares
solicitadas, en términos y por las razones establecidas en el considerando QUINTO,
INCISO B), NUMERAL I de la presente determinación.
SEGUNDO. Se declara PROCEDENTE la adopción de medidas cautelares
solicitadas, en términos y por las razones establecida en el considerando QUINTO,
INCISO B), NUMERAL II de la presente determinación.
TERECERO. Se instruye al Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral
de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice las
acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación.
CUARTO. En términos del considerando SEXTO, el presente Acuerdo es
impugnable mediante el recurso de revisión del procedimiento especial
sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema
de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]