ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR EL PARTIDO POLÍTICO MORENA, POR LA PRESUNTA VULNERACIÓN A LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, CERTEZA Y EQUIDAD EN LA CONTIENDA ELECTORAL, DERIVADO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE UNA PLATAFORMA WEB Y “APP” PARA RECABAR EL APOYO DE LA CIUDADANÍA HACIA LA PERSONA QUE REPRESENTE AL FRENTE AMPLIO POR MÉXICO, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/MORENA/CG/744/2023
ACQyD-INE-238/2023
Acuerdo
PRIMERO. Se declara improcedente la adopción de medida cautelar solicitada por
el quejoso, respecto de los spots denunciados, en términos de los argumentos
esgrimidos en el considerando CUARTO, del presente acuerdo.
SEGUNDO. Se instruye al Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral,
para que de inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la
presente determinación.
TERCERO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es
impugnable mediante el recurso de revisión del procedimiento especial
sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109, de la Ley General del Sistema
de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]