ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR LILIA MARGARITA VALDEZ MARTÍNEZ, EN SU CALIDAD DE SENADORA DE LA REPÚBLICA EN CONTRA DE HEBER GARCÍA CUELLAR POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE HECHOS QUE PODRÍAN CONSTITUIR VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO EN SU CONTRA, DERIVADO DE LA DIFUSIÓN DE DIVERSOS COMENTARIOS Y/O EXPRESIONES DENTRO DEL NOTICIERO “NOTI 12”, DE LA TELEVISORA DE DURANGO, CANAL XHND-TV 12.1, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/LMVM/CG/1038/PEF/52/2023.
ACQyD-229/2023
Acuerdo
PRIMERO. Es improcedente la adopción de medidas cautelares solicitadas, en
los términos y por las razones establecidas en el considerando QUINTO, de la
presente resolución.
SEGUNDO. Se instruye al titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso
Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato
realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación.
TERCERO. En términos del considerando SEXTO, la presente resolución es
impugnable mediante el recurso de revisión respecto del procedimiento especial
sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del
Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]