ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, A TRAVÉS DE SU REPRESENTACIÓN ANTE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO, EN CONTRA DE ADÁN AUGUSTO LÓPEZ HERNÁNDEZ Y MORENA, DERIVADO DE LA PRESUNTA REALIZACIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y EL SUPUESTO FRAUDE A LA LEY, DE CARA AL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2023-2024, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/PAN/JL/QRO/944/2023.
ACQyD-INE-215/2023
Acuerdo
PRIMERO. Es IMPROCEDENTE la adopción de medidas cautelares, en términos
de los argumentos esgrimidos en el considerando CUARTO, numeral II, apartados
A y B de la presente resolución.
SEGUNDO. Se instruye al Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral
de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice las
acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación.
TERCERO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es
impugnable mediante el recurso de revisión del procedimiento especial
sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109, de la Ley General del Sistema
de Medios de Impugnación en Materia Electoral
- Acuerdos [2087]