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ACUERDO DE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL
ELECTORAL POR EL QUE SE ESTABLECE LA METODOLOGÍA PARA
VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS A LOS
QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 14, FRACCIÓN XIV DE LOS LINEAMIENTOS
PARA QUE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES, PARTIDOS POLÍTICOS
NACIONALES CON ACREDITACIÓN LOCAL Y, EN SU CASO, LOS PARTIDOS
POLÍTICOS LOCALES PREVENGAN, ATIENDAN, SANCIONEN, REPAREN Y
ERRADIQUEN LA VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE
GÉNERO Y SE INCORPORA EL CÁLCULO PARA LA DETERMINACIÓN DEL
MONTO NO DESTINADO A CANDIDATAS PARA DIVERSOS CARGOS DE
ELECCIÓN POPULAR.