SE CONSULTA A QUIÉN SE LE REINTEGRARÁ LA RETENCIÓN DE LOS REMANENTES PENDIENTES DEL PARTIDO DEL TRABAJO, DETERMINADOS EN LA RESOLUCIÓN INE/CG647/2020 DEL EJERCICIO ORDINARIO 2018.
SE/924/2022
Consulta
1. Si la DEPPP del INE ya solicitó a la DEA del INE la retención de los remanentes pendientes de reintegro del Partido del Trabajo; y si esta última ya ejecutó la retención de dichos remanentes establecidos en la resolución INE/CG647/2020. 2. Si, una vez que los recursos sean retenidos de la ministración federal por concepto de remanente, estos serán devueltos a la tesorería local. 3. En caso de que los recursos por concepto de remanentes sean devueltos a la tesorería local, proporcione los siguientes datos del INE: Razón Social, RFC, Correo Electrónico, teléfono y uso de CFDI. lo anterior con la finalidad de que sea emitido el comprobante correspondiente.
- Consultas [1002]