ACUERDO DEL COMITÉ DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA UNA PAUTA DE REPOSICIÓN DERIVADA DE LA SENTENCIA IDENTIFICADA CON EL EXPEDIENTE SRE-PSC 105/2022, CORRESPONDIENTE A OMISIONES EN LAS TRANSMISIONES DE FAVELA RADIO, S.A. DE C.V. Y NEW DIGITAL NX, S.A. DE C.V., CONCESIONARIO Y ARRENDATARIO RESPECTIVAMENTE DE LA EMISORA XHPVA-FM.
INE/ACRT/43/2022
Acuerdo
PRIMERO. Se aprueba la pauta de reposición para su transmisión por parte de New
Digital NX, S.A. de C.V., arrendatario de la emisora XHPVA-FM, en términos de las
consideraciones señaladas en el presente instrumento, misma que se anexa y
forma parte del presente Acuerdo.
La vigencia de la pauta es la siguiente:
Entidad Siglas Inicio Fin
Jalisco XHPVA-FM 22/07/2022 30/08/2022
SEGUNDO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos
Políticos para que notifique oportunamente la pauta correspondiente, así como el
presente Acuerdo al concesionario Favela Radio S.A. de C.V. y a New Digital NX,
S.A. de C.V., arrendatario de la emisora XHPVA-FM, obligado a reponer los
promocionales.
TERCERO. Se ordena a New Digital NX, S.A. de C.V. a reponer los promocionales
omitidos en los tiempos comercializables o para fines propios, de conformidad con
las consideraciones establecidas en el presente instrumento.
CUARTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
para que notifique el presente acuerdo a los Partidos Políticos Nacionales y a la
persona titular de la Vocalía Ejecutiva de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional
Electoral en el Jalisco. Asimismo, a la Unidad Técnica de Vinculación con los
Organismos Públicos Locales para que notifique el presente instrumento al Organismo
Público Local Electoral correspondiente y, por su conducto, a los partidos políticos con
registro local.
QUINTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos para
que notifique el contenido del presente Acuerdo a la Sala Regional Especializada del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
SEXTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos para
que notifique a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación cuando se haya efectuado el cumplimiento de la reposición de los
tiempos y promocionales omitidos por el arrendatario referido en el presente Acuerdo.
Asimismo, deberá comunicarse al órgano jurisdiccional en caso de presentarse un
eventual incumplimiento.
- Acuerdos [491]