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Las sanciones económicas impuestas que han causado estado no son susceptibles de modificación alguna en cuanto al monto ni a la forma de pago, por lo que no es posible cubrir el monto de las sanciones económicas de forma diversa a la determinada en la resolución que les dio origen.
En el caso concreto, las sanciones impuestas a Movimiento Ciudadano en el estado de Chihuahua deben hacerse efectivas mediante una reducción del 25% (veinticinco por ciento) de la ministración mensual que corresponda al partido, por concepto Financiamiento Público para el Sostenimiento de Actividades Ordinarias Permanentes tal como lo señala la Resolución INE/CG59/2019.