xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-view-abstract
El presente informe se rinde en cumplimiento con
lo establecido en el Artículo 358 del Reglamento de
Fiscalización, cuyo numeral 2 establece que la
Unidad Técnica de Fiscalización deberá informar a
la Comisión de Fiscalización, trimestralmente, las
altas, bajas y modificaciones realizadas al Registro
Nacional de Proveedores.