RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422000315 (UT/22/00288)
INE-CT-R-0074-2022
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública. Se pone a su disposición la
información que no requiere pronunciamiento del CT.
Segundo. Confidencialidad Total. Se clasifica como
confidencialidad el contenido de la carta emitida por el fabricante.
Tercero. Se requiere a las áreas DEA y UTSI con la
finalidad de que realice la clasificación total correspondiente de la
carta emitida por el fabricante, la cual se encuentra contenida en el
anexo único del contrato INE/142/2021.
Cuarto. Incompetencia. Debido a que la manifestación de
incompetencia del área DJ, no invoca la participación de un sujeto
obligado ajeno al INE, no existe materia para el análisis.
Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente
resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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