CONSULTA REALIZADA POR EL OPL CEEPAC SAN LUIS POTOSÍ RELACIONADA A SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL
CEEPC/PRE/0034/2021
Consulta
"“Primero: Solicito se informe si las cuatro plazas vacantes que se concursaron se ocuparán mediante una lista de reserva o por alguno de los procedimientos señalados en el Estatuto.
Segundo: En caso de ser inviable el ocupar las plazas a través de la lista de reserva, ¿cuál es el procedimiento idóneo que se tendrá que realizar para cubrir dichas vacantes?
Tercero: Referente al artículo 393. “La designación de una persona encargada de despacho se hará preferentemente con el personal del OPLE que ocupe cargos o puestos inmediatos inferiores a la plaza respectiva”. En determinado caso del resultado del análisis del perfil del candidato que no se encuentre laborando en este Organismo Electoral.”
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- Consultas [1002]