CONSULTA REALIZADA POR EL OPL CEEPAC SAN LUIS POTOSÍ RELACIONADA A PRERROGATIVAS
CEEPC/PRE/SE/4352/2021
Consulta
"“1. Para el caso de los partidos políticos Encuentro Solidario y Fuerza por México, ¿Cuál será el destino que daba darse a las prerrogativas a que tenían derecho a recibir antes de la suspensión de su financiamiento a nivel local?
2. En caso de que le corresponda al interventor designado el manejo del financiamiento a niel local de los partidos políticos Encuentro Solidario y Fuerza por México, ¿Cuáles son los números de cuentas y claves interbancarias a las que se deberá depositar la prerrogativa?
3. Para el caso del Partido de la Revolución Democrática a quién le fue suspendido su financiamiento a nivel local, al encontrarse en el supuesto establecido por la fracción IV del numeral 201 en relación con el 204 de la Ley Electoral del Estado, ¿es posible aplicar el financiamiento que le correspondía para el ejercicio 2021 al pago de las sanciones a que se ha hecho referencia en el punto 6 de la presente consulta?
4. De resultar procedente la aplicación del financiamiento público local del Partido de la Revolución Democrática?”
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