CONSULTA REALIZADA POR EL OPL CEEPAC SAN LUIS POTOSÍ RELACIONADA A LOS PARTIDOS POLÍTICOS
CEEPC/PRE/SE/5051/2021
Consulta
"“…Como Se puede observar existe una evidente discrepancia en el porcentaje mínimo requerido de afiliados que deberán de reunir las asociaciones que aspiren a conformarse como partido político local; la Ley General de Partidos Políticos señala el .26 por ciento del padrón electoral, mientras que la Ley Electoral del Estado el tres por ciento de dicho instrumento.
Por lo anterior se realiza consulta con el objeto de que se establezca cuál de los dos valores se debe de tomar en cuenta para la obtención del registro.”
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- Consultas [1002]