SEGUNDO INFORME TRIMESTRAL DEL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES. (ABRIL-JUNIO 2021)
Informe
El presente informe se rinde en cumplimiento a lo establecido en el artículo 358 del Reglamento de Fiscalización, que en su numeral 2, establece que la Unidad Técnica de Fiscalización deberá informar, trimestralmente, a la Comisión de Fiscalización las altas, bajas y modificaciones realizadas al Registro Nacional de Proveedores.
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