CONSULTA REALIZADA POR EL OPL, RELACIONADA A PROTOCOLOS P.P.
IEEBCS/PS/0553/2020
Consulta
"“…me permito consultar lo que a continuación se detalla:
Si se remitirá a este Órgano Electoral la información antes mencionada, para efectos de la acreditación del registro del partido político Encuentro Solidario ante esta entidad o sí únicamente para dicha acreditación es necesaria la Resolución INE/CG271/2020 que fue enviada, lo anterior para efectos de dar cumplimiento al resolutivo diez.
Lo anterior, toda vez la Ley Electoral del Estado de Baja California Sur no señala requisitos y procedimiento para la acreditación de partidos políticos nacionales ante este órgano electoral local y el plazo de diez días concluye el próximo 21 de septiembre de 2020.
Aunado a lo anterior, me permito solicitar amablemente se remita a este Instituto, la certificación del órgano de dirección nacional debidamente acreditado en donde se señalen los nombres y cargos.
Cabe señalar que, a la fecha en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, a la fecha no tiene conocimiento sobre la presentación de algún escrito de solicitud de acreditación de registro por parte del mismo Partido Encuentro Solidario.
Resulta importante contar con la respuesta de esta consulta, toda vez que el plazo señalado en el párrafo tercero, de la página 195 de la Resolución INE/CG271/2020, establece que los Organismos Públicos deberán acreditar en un plazo que no exceda los diez días hábiles a partir de la aprobación de la multicitada Resolución.”
- Consultas [1002]