CONSULTA REALIZADA POR EL OPL RELACIONADA A SANSIONES
IEPC/SE/137/2020
Consulta
"“¿Es correcta la interpretación que realiza el Partido de la revolución Democrática en el sentido que la retención máxima de la ministración mensual del financiamiento no debe exceder el 25% (veinticinco por ciento)?
O bien, ¿Es correcto aplicar cada una de las deducciones establecidas en el Considerando Décimo primero de la Resolución INE/CG465/2019 hasta alcanza(sic) un 50% (cincuenta por ciento) de la ministración mensual del cobro de sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral y autoridades jurisdiccionales electorales del ámbito federal y local; así como para el registro y seguimiento del reintegro o retención de los remanentes no ejercidos del financiamiento público para gastos de campaña?”
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