RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424004184 (UT/24/03957)
INE-CT-R-0457-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Incompetencia: Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DEPPP y UTF (todas respecto al punto 1 a nivel local).
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición ante el IEEAGS, siendo dicho sujeto obligado quien podría contar con la información referente a su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente Resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
- Resoluciones [1645]