RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031424004266 (UT/SADP/24/00257).
INE-CT-R-PDP-0034-2024
Resolución
Resolución Primero. Se confirma la inexistencia declarada por la DEA respecto a registros de contratación de la persona de la cual se requiere la información, de acuerdo con lo señalado en el apartado D.1. de la presente resolución. Segundo. Se comunica a la persona titular de los datos personales que podrá interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación referido en el apartado E de la presente resolución. Tercero. Se dejan a salvo los derechos de la persona interesada para presentar una nueva solicitud de acceso a datos personales, en el supuesto de contar con elementos que motiven una nueva búsqueda de lo requerido en su solicitud.
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