RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424001730 (UT/24/01638)
INE-CT-R-0203-2024
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total propuesta por el área DEA (punto 2, respecto de propuestas económicas no ganadoras). Tercero. Inexistencia. Se confirma la declaratoria de inexistencia sustentada por el área DEA (punto 2, respecto de facturas generadas).
Cuarto. Incompetencia. Debido a que la manifestación de incompetencia sustentada por el área DEA (punto 2, respecto del anexo del contrato INE/014/2024 y los servicios de catering y/o alimentación), no implica la participación de un sujeto obligado distinto al INE, no hay materia para su análisis.
Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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