RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424000682 (UT/24/00646)
INE-CT-R-0078-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública y por máxima publicidad. Se ponen a disposición las respuestas emitidas por las áreas DS y UTVOPL, consideradas como públicas, así como la información puesta a disposición por máxima publicidad.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DS y UTVOPL.
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición ante el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, siendo dicho sujeto obligado quien podría contar con la información referente a su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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