RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424000125 (UT/24/00122)
INE-CT-R-0049-2024
Resolución
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Confidencialidad parcial. Se confirma la clasificación de confidencialidad parcial formulada por el área UTSI (puntos 3 y 13, respecto de la parte técnica propietaria o industrial de la empresa contenidas en el anexo técnico del contrato INE/110/2022).
Tercero. Reserva temporal parcial. Se confirma la clasificación de reserva temporal parcial formulada por el área UTSI (puntos 3 y 13, respecto de los detalles técnicos de los servicios proporcionados al Instituto, correspondientes a los servicios integrales de telecomunicaciones y seguridad para la Red, contenidos en el anexo técnico del contrato INE/110/2022).
Cuarto. Incompetencia. Debido a que la manifestación de incompetencia, sustentada por las áreas DEA (puntos 1 al 34, respecto de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios y la Coordinación de Seguridad y Protección Civil); DJ (puntos 1 al 34); y DS (puntos 1 al 34), no implican la participación de un sujeto obligados distinto al Instituto, no hay materia para el análisis.
Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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