RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423002923 (UT/23/002766)
INE-CT-R-0295-2023
Resolución
Primero. Información pública y máxima publicidad. Se ponen a disposición las respuestas que emitieron las áreas DEPPP y DS, consideradas como públicas, así como la información puesta a disposición por máxima publicidad.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DEPPP y DS.
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición ante la Cámara de Senadores, siendo dicho sujeto obligado quien podría contar con la información referente a su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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