RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423001276 (UT/23/01197)
INE-CT-R-0140-2023
Resolución
Determinación.
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la respuesta emitida por las áreas, considerada como información pública.
Segundo. Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total formulada por las áreas DEA (puntos 3 y 4).
Tercero. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área DEA (punto 2).
Cuarto. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición al CJF e INMUJERES, siendo dichos sujetos obligados quienes podrían contar con la información referente a su solicitud (punto 2).
Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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