RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423001091 (UT/23/01026)
INE-CT-R-0131-2023
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Confidencialidad parcial. Se confirma la clasificación de confidencialidad parcial realizada por el área 6. JL-CHIH (parte del punto 2 y 3).
Tercero. Reserva temporal total. Se confirma la clasificación de reserva temporal parcial realizada por el área 6. JL-CHIH (parte del punto 1).
Cuarto. Incompetencia. Toda vez que la manifestación de incompetencia de las áreas DEA (puntos 1 a 5) y DERFE (punto 1 a 5), no invoca a un sujeto obligado diverso al INE, se ha determinado obviar el análisis.
Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
- Resoluciones [1702]