RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423000304 (UT/23/00289)
INE-CT-R-0064-2023
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información que no requiere pronunciamiento del CT.
Segundo. Confidencialidad parcial. Se confirma la clasificación de confidencialidad parcial formulada por el área de UTSI (punto 3) respecto del contrato INE/005/2020 y anexo único y de las áreas de DEA (punto 9) y UTSI (punto 9) respecto de la Guía de Operación del Portal de Firmado Electrónico.
Tercero. Reserva temporal parcial. Se confirma la clasificación de reserva temporal parcial formulada por el área UTSI (punto 3) respecto de los detalles técnicos de los servicios proporcionados al Instituto por el proveedor SeguriData Privada, S.A. de C.V. cuyo objeto es la prestación del servicio de robustecimiento de la infraestructura de firma electrónica avanzada institucional de la marca SeguriData.
Cuarto. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área DEA, respecto del punto 7, estándares que cumple la solución de firma electrónica que utiliza la SCJN.
Quinto. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición (punto 7, estándares que cumple la solución de firma electrónica que utiliza la SCJN) a la SCJN.
Sexto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
- Resoluciones [1702]