RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 331224423000002 (UT/23/00337)
INE-CT-R-0058-2023
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública y por máxima publicidad. Se pone a disposición las respuestas que emitieron las áreas DEA, DEPPP y UTF, consideradas como públicas.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área DEPPP en relación con la información del ámbito local.
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición al OPLE de cada una de las entidades federativas del país, quienes podrían contar información en el ámbito local.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.