RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (CT), RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031423000188 (UT/SADP/23/00010)
INE-CT-R-PDP-0006-2023
Resolución
Resolución
Primero. Se confirma la inexistencia declarada por los órganos del Instituto (JL-SLP y DEA), respecto de los listados de nómina y recibos de pago de la persona titular y, en consecuencia, la ubicación de estos, durante los siguientes periodos:
▪ 1 de noviembre de 1998 al 31 de marzo de 1999.
▪ Segunda quincena de junio y primera quincena de julio de 2000.
▪ Primera y segunda quincena de diciembre de 2001.
▪ Segunda quincena de mayo de 2002.
▪ Primera y segunda quincena de octubre de 2002.
▪ Segunda quincena de noviembre de 2002.
▪ 1 de julio al 31 de octubre de 2003.
Segundo. Se confirma el impedimento legal relativo a la confidencialidad parcial de la información declarada por los órganos del Instituto (JL-SLP y DEA), y analizada en el apartado E.3. de la presente resolución.
Tercero. Entréguense a la persona titular, de manera personal y previa acreditación de su identidad, previo pago de los derechos de reproducción, los datos proporcionados por la JL-SLP y DEA.
Cuarto. Se comunica a la persona titular de los datos personales que podrá interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación referido en el apartado G de la presente resolución.
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