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Que el financiamiento público ordinario correspondiente al ejercicio 2022, establecido en el acuerdo IEEH/CG/164/2021, aprobado por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, no sufriría modificaciones a raíz de la reforma al artículo 30, fracción I, inciso e Bis del Código Electoral del Estado de Hidalgo. Que los partidos políticos con registro local deberán aperturar cuentas bancarias individuales para la recepción y administración de prerrogativas locales y asignación de recursos de operación ordinaria para gastos de actividades específicas, y deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 54 del Reglamento de Fiscalización
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