RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (CT), RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031423000151 (UT/SADP/23/00009)
INE-CT-R-PDP-0005-2023
Acuerdo
Resolución
Primero. Se confirma la no procedencia del derecho, debido a la inexistencia declarada por la DERFE referente al registro en la base de datos del Padrón Electoral del ciudadano fallecido y, en consecuencia, la imposibilidad de generar la constancia de terceros por defunción requerida por la persona interesada.
Segundo. Se comunica a la persona interesada que podrá interponer por sí misma o, en su caso, a través de su representante el medio de impugnación referido en el apartado F de la presente resolución.
Tercero. Se dejan a salvo los derechos de la persona solicitante para presentar una nueva solicitud de acceso a datos personales en la cual proporcione algún otro elemento del cual se pudiera advertir que la persona fallecida contaba con una credencial para votar.
- Resoluciones [1352]