RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423000031 (UT/23/00030) Y 330031423000032 (UT/23/00031)
INE-CT-R-0028-2023
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública. Se pone a su disposición la información que no requiere pronunciamiento del CT.
Segundo. Confidencialidad parcial. Se confirma la clasificación de confidencialidad parcial formulada por las áreas DEA, UTSI (punto 2 respecto facturas), 6. JL-CHIH, 13. JL-GTO, 15. JL-JAL, 19. JL-NL, 26. JL-SON y 30. JL-VER (puntos 2 respecto a los datos personales contenidos en facturas).
Tercero. Reserva temporal parcial. Se confirma la clasificación de reserva temporal parcial formulada por el área UTSI (punto 2 respecto los modelos de los equipos y procesadores; las versiones de los sistemas operativos de los equipos de cómputo y servidores; y las versiones de la herramienta de la mesa de servicio y de los productos de software con los que cuenta el Instituto descritos en el contrato INE/008/2021).
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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