RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422003157 (UT/21/02866)
INE-CT-R-00418-2022
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Inexistencia. Se confirma la declaratoria de inexistencia formulada por el área DEPPP respecto a la información relacionada con la entidad denominada “POSCLA”.
Tercero. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área DEPPP respecto del registro como agrupación política local de la entidad denominada POSCLA.
Cuarto. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición a la SEGOB y al OPLE de la entidad federativa de su interés, siendo dichos sujetos obligados quienes podrían contar con la información referente a su solicitud.
Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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