RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN CUMPLIMIENTO AL REQUERIMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (INAI), DICTADO DENTRO DE LA DETERMINACIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN CON CLAVE RRA 13360/22
INE-CT-R-0414-2022
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información que no requiere pronunciamiento del CT.
Segundo. Inexistencia. Se confirma la declaratoria de inexistencia por ausencia de obligación normativa señalada por las áreas CAI, CNCS, DEA, DECEyEC, DEOE, DEPPP, DERFE, DESPEN, DJ, DS, OCAMFH, OCBCZP, OCCAHJ, OCCMR, OCDPRC, OCJMFFM, OCJRRS, OCJRV, OCNIDM, OCUEA, OIC, Presidencia, SE, UTCE, UTF, UTIGyND, UTSI, UTTyPDP, UTVOPL, 1. JL-AGS, 2. JL-BC, 3. JL-BCS, 4. JL-CAM, 5. JL-CDMX, 6. JL-CHIH, 7. JL-CHIS, 8. JL-COAH, 9. JL-COL, 10. JL-DGO, 11. JL-EDOMEX, 12. JL-GRO, 13. JL-GTO, 14. JL-HGO, 15. JL-JAL, 16. JL-MICH, 17. JL-MOR, 18. JL-NAY, 19. JL-NL, 20. JL-OAX, 21. JL-PUE, 22. JL-ORO, 23. JL-QROO, 24. JL-SIN, 25. JL- SLP, 26. JL-SON, 27, JL-TAB, 28. JL-TAMPS, 29. JL-TLAX, 30. JL-VER, 31. JL-YUC y 32. JL-ZAC.
Tercero. Máxima publicidad. Por principio de máxima publicidad se pone a disposición la información proporcionada por las áreas DEPPP, DESPEN, SE, UTCE y UTF.
Cuarto. Confidencialidad parcial. Se confirma la clasificación de confidencialidad parcial formulada por las áreas UTSI, 6. JL-CHIH y 19. JL-NL respecto de los correos electrónicos localizados en las unidades administrativas, así como la cédula de notificación y relación de correos electrónicos.
Cuarto. Se instruye a la UT a notificar la presente resolución a la persona recurrente.
Quinto. Inconformidad. Se hace del conocimiento de la persona recurrente que en virtud de que la presente resolución se emite por instrucción del organismo garante nacional en materia de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, se dejan a salvo sus derechos, para interponer el medio de defensa que ofrezca dicho organismo.
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