RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO DE REMOCIÓN DE CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE UT/SCG/PRCE/MRAV/JL/QRO/11/2022, INTEGRADO CON MOTIVO DE LA DENUNCIA PRESENTADA POR MARÍA ROSALVA ÁLVAREZ VARGAS, EN SU CALIDAD DE CIUDADANA, EN CONTRA DE MARÍA PÉREZ CEPEDA, CARLOS RUBÉN EGUIARTE MERELES, KARLA ISABEL OLVERA MORENO, DANIEL DORANTES GUERRA, ROSA MARTHA GÓMEZ CERVANTES Y JOSÉ EUGENIO PLASCENCIA ZARAZÚA CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, POR HECHOS QUE PODRÍAN CONFIGURAR ALGUNA DE LAS CAUSALES DE REMOCIÓN PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 102, PÁRRAFO 2, DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO DE REMOCIÓN DE CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE UT/SCG/PRCE/MRAV/JL/QRO/11/2022, INTEGRADO CON MOTIVO DE LA DENUNCIA PRESENTADA POR MARÍA ROSALVA ÁLVAREZ VARGAS, EN SU CALIDAD DE CIUDADANA, EN CONTRA DE MARÍA PÉREZ CEPEDA, CARLOS RUBÉN EGUIARTE MERELES, KARLA ISABEL OLVERA MORENO, DANIEL DORANTES GUERRA, ROSA MARTHA GÓMEZ CERVANTES Y JOSÉ EUGENIO PLASCENCIA ZARAZÚA CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, POR HECHOS QUE PODRÍAN CONFIGURAR ALGUNA DE LAS CAUSALES DE REMOCIÓN PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 102, PÁRRAFO 2, DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES