RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422002623 (UT/22/02372)
INE-CT-R-0351-2022
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia sustentada por las áreas DEA (punto 2), DS (punto 2) y UTVOPL (punto 2).
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante dirigir su petición ante el IECM, quien podría contar con la información solicitada.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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